Art. 162 (Constitución Española)
Texto Legal
Preguntas de este articulo
Explicacion
Segun el art. 162.1.b, para el recurso de amparo estan legitimados las personas naturales o juridicas con interes legitimo, el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal. Los 50 Senadores no figuran entre los legitimados para amparo.
Explicacion
Según el art. 162.1.b, para el recurso de amparo están legitimados toda persona natural o jurídica con interés legítimo, el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal. Las opciones a, c y d corresponden a legitimados para otros recursos o no están contemplados para amparo.
Explicacion
El Ministerio Fiscal está legitimado para el recurso de amparo, no para el de inconstitucionalidad según el art. 162. Las demás opciones sí están legitimadas para el recurso de inconstitucionalidad.
Explicacion
El art. 162 indica que 50 Diputados o 50 Senadores están legitimados para el recurso de inconstitucionalidad. El Ministerio Fiscal y personas naturales o jurídicas están legitimados para el recurso de amparo, no para inconstitucionalidad.
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