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Art. 160 (Constitución Española)

Constitución Española de 1978Alta relevancia en examen3 preguntas

Texto Legal

El Presidente del Tribunal Constitucional será nombrado entre sus miembros por el Rey, a propuesta del mismo Tribunal en pleno y por un período de tres años.

Preguntas de este articulo

1. Para ser nombrado Presidente del Tribunal Constitucional, el candidato debe ser:
AJurista de reconocido prestigio externo al Tribunal.
BMiembro del Tribunal Constitucional.
CMiembro del Tribunal Supremo.
DMiembro del Consejo General del Poder Judicial.

Explicacion

El artículo indica que el Presidente debe ser nombrado entre sus miembros, es decir, del propio Tribunal Constitucional. Las otras opciones sitúan al candidato fuera del Tribunal.

Art. 160 de Constitución Española de 1978
2. El Presidente del Tribunal Constitucional será nombrado por:
AEl Rey, a propuesta del Consejo de Ministros.
BEl Congreso de los Diputados, a propuesta del Tribunal.
CEl Rey, a propuesta del mismo Tribunal en pleno.
DEl Presidente del Gobierno, a propuesta del Tribunal.

Explicacion

El artículo establece que el nombramiento corresponde al Rey, pero a propuesta del Tribunal Constitucional en pleno. Las otras opciones cambian el órgano proponente o nombrante, lo que no se ajusta al texto.

Art. 160 de Constitución Española de 1978
3. El período de nombramiento del Presidente del Tribunal Constitucional es de:
ATres años.
BCinco años.
CCuatro años.
DSeis años.

Explicacion

El artículo indica expresamente que el período es de tres años. Las demás opciones alteran el plazo numérico para generar confusión.

Art. 160 de Constitución Española de 1978

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