Art. 159 (Constitución Española)
Texto Legal
Preguntas de este articulo
Explicacion
El art. 159.1 dispone que cuatro miembros del Tribunal Constitucional se proponen por el Congreso por mayoria de tres quintos de sus miembros.
Explicacion
El artículo establece que 4 miembros son propuestos por el Congreso y 4 por el Senado, ambos con mayoría de tres quintos. Las otras opciones alteran el número o los órganos proponentes, por lo que son incorrectas.
Explicacion
El artículo menciona expresamente que los miembros deben ser nombrados entre Magistrados, Fiscales, Profesores de Universidad, funcionarios públicos y Abogados, todos juristas con más de quince años de ejercicio. Las otras opciones omiten alguna categoría, por lo que son incorrectas.
Explicacion
El art. 159.4 y 5 indican que la independencia es obligatoria y no incompatible, mientras que las otras opciones son incompatibilidades expresas.
Explicacion
El art. 159.3 establece un mandato de nueve años. Las otras opciones alteran el plazo para generar confusión.
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