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Art. 135 (Constitución Española)

Constitución Española de 1978Relevancia media4 preguntas

Texto Legal

1. El Gobierno habrá de estar autorizado por ley para emitir Deuda Pública o contraer crédito. 2. Los créditos para satisfacer el pago de intereses y capital de la Deuda Pública del Estado se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de los presupuestos y no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión.

Preguntas de este articulo

1. El Gobierno podrá emitir Deuda Pública o contraer crédito cuando:
ALo autorice el Congreso de los Diputados.
BEsté autorizado por ley.
CLo apruebe el Presidente del Gobierno.
DLo decida el Consejo de Ministros.

Explicacion

El artículo establece que el Gobierno debe estar autorizado por ley para emitir Deuda Pública o contraer crédito. Las otras opciones cambian el órgano competente o el requisito legal, que no es correcto.

Art. 135 de Constitución Española de 1978
2. Los créditos para pagar intereses y capital de la Deuda Pública:
AEstán siempre incluidos en el estado de gastos y no pueden ser enmendados.
BSe excluyen del estado de gastos de los presupuestos.
CPodrán ser modificados en los presupuestos.
DSe aprueban por decreto del Gobierno.

Explicacion

El artículo indica que estos créditos están siempre incluidos en el estado de gastos y no pueden ser objeto de enmienda o modificación mientras cumplan la ley de emisión. Las otras opciones contradicen esta norma.

Art. 135 de Constitución Española de 1978
3. Indique cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la modificación de créditos para la Deuda Pública:
APodrán modificarse libremente en los presupuestos.
BSolo podrán modificarse con autorización del Congreso.
CPodrán modificarse si lo aprueba el Consejo de Ministros.
DNo podrán ser modificados si se ajustan a la ley de emisión.

Explicacion

El artículo establece que los créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación mientras se ajusten a la ley de emisión, descartando modificaciones libres o por otros órganos.

Art. 135 de Constitución Española de 1978
4. Los créditos para la Deuda Pública no podrán ser objeto de enmienda o modificación mientras:
ASe ajusten a las condiciones de la ley de emisión.
BSe aprueben en el presupuesto general.
CLo apruebe el Consejo de Ministros.
DLo autorice el Parlamento.

Explicacion

El artículo indica que la prohibición de enmienda o modificación se mantiene mientras los créditos se ajusten a la ley de emisión, no dependiendo de otras autorizaciones.

Art. 135 de Constitución Española de 1978

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