Art. 133 (Constitución Española)
Texto Legal
Preguntas de este articulo
Explicacion
El artículo establece que la potestad originaria para establecer tributos corresponde exclusivamente al Estado mediante ley. Las demás opciones atribuyen esta potestad a otros órganos o mediante normas distintas a la ley, lo que es incorrecto.
Explicacion
El artículo indica que todo beneficio fiscal que afecte a tributos del Estado debe establecerse en virtud de ley. Las demás opciones son normas o actos administrativos que no tienen rango de ley, por lo que son incorrectas.
Explicacion
El artículo señala que las Comunidades Autónomas y Corporaciones locales pueden establecer tributos de acuerdo con la Constitución y las leyes. No se requiere aprobación estatal directa ni autorización del Consejo de Ministros, ni se limita a tributos que no afecten a los del Estado.
Explicacion
El artículo indica que las administraciones públicas sólo pueden contraer obligaciones financieras y realizar gastos conforme a las leyes. No se condiciona a autorización ministerial, decreto presidencial o aprobación parlamentaria específica.
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