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Art. 132 (Constitución Española)

Constitución Española de 1978Relevancia media5 preguntas

Texto Legal

1. La ley regulará el régimen jurídico de los bienes de dominio público y de los comunales, inspirándose en los principios de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad, así como su desafectación. 2. Son bienes de dominio público estatal los que determine la ley y, en todo caso, la zona marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental. 3. Por ley se regularán el Patrimonio del Estado y el Patrimonio Nacional, su administración, defensa y conservación.

Preguntas de este articulo

1. Son bienes de dominio público estatal, en todo caso:
ALos parques naturales y las reservas forestales.
BLas playas y el mar territorial.
CLos bienes comunales y patrimoniales.
DLos bienes muebles e inmuebles del Estado.

Explicacion

El artículo establece que son bienes de dominio público estatal la zona marítimo-terrestre, las playas y el mar territorial, entre otros. Los parques naturales y reservas no se mencionan expresamente, ni los bienes muebles o comunales.

Art. 132 de Constitución Española de 1978
2. La ley regulará el régimen jurídico de los bienes de dominio público inspirándose en los principios de:
AInalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad.
BAlienabilidad, prescriptibilidad y embargabilidad.
CAlienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad.
DInalienabilidad, prescriptibilidad y embargabilidad.

Explicacion

El artículo señala expresamente que la ley se inspirará en los principios de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad. Las opciones b, c y d alteran estos términos para crear confusión.

Art. 132 de Constitución Española de 1978
3. La ley regulará el régimen jurídico de los bienes de dominio público y comunales inspirándose en los principios de:
AAlienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad.
BInalienabilidad, prescripción y embargabilidad.
CInalienabilidad, imprescriptibilidad y embargabilidad.
DInalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad.

Explicacion

El artículo establece que la ley se inspira en los principios de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad. Las otras opciones alteran uno o más términos clave, cambiando su significado y contradiciendo el texto legal.

Art. 132 de Constitución Española de 1978
4. La ley regulará el régimen jurídico de los bienes de dominio público y comunales, así como:
ASu embargabilidad.
BSu prescripción.
CSu enajenación.
DSu desafectación.

Explicacion

El artículo menciona expresamente que la ley regulará el régimen jurídico y la desafectación de estos bienes. Las otras opciones contradicen los principios de inalienabilidad e inembargabilidad establecidos.

Art. 132 de Constitución Española de 1978
5. No son bienes de dominio público estatal:
ALa zona marítimo-terrestre.
BLos bienes comunales.
CEl mar territorial.
DLos recursos naturales de la plataforma continental.

Explicacion

El artículo distingue los bienes de dominio público estatal de los comunales, que son regulados pero no considerados dominio público estatal. Las otras opciones son bienes de dominio público estatal según el texto.

Art. 132 de Constitución Española de 1978

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