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Art. 98 (Constitución Española)

Constitución Española de 1978Alta relevancia en examen4 preguntas

Texto Legal

1. El Gobierno se compone del Presidente, de los Vicepresidentes, en su caso, de los Ministros y de los demás miembros que establezca la ley. 2. El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de éstos en su gestión. 3. Los miembros del Gobierno no podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario, ni cualquier otra función pública que no derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna. 4. La ley regulará el estatuto e incompatibilidades de los miembros del Gobierno.

Preguntas de este articulo

1. El Gobierno se compone de:
AEl Presidente, Vicepresidentes, Ministros y demás miembros que establezca la ley.
BEl Presidente, Vicepresidentes y Ministros únicamente.
CEl Presidente, Ministros y Secretarios de Estado.
DEl Presidente, Vicepresidentes, Ministros y el Consejo de Estado.

Explicacion

El artículo 98.1 establece que el Gobierno incluye al Presidente, Vicepresidentes, Ministros y demás miembros que la ley determine. Las opciones b, c y d omiten o añaden órganos no previstos en el texto.

Art. 98 de Constitución Española de 1978
2. La dirección y coordinación de la acción del Gobierno corresponde a:
AEl Consejo de Ministros.
BEl Ministro de la Presidencia.
CLos Vicepresidentes del Gobierno.
DEl Presidente del Gobierno.

Explicacion

El artículo 98.2 indica que el Presidente dirige y coordina la acción del Gobierno. Las otras opciones atribuyen esta función a órganos o cargos distintos que no tienen esta competencia según el texto.

Art. 98 de Constitución Española de 1978
3. La regulación del estatuto e incompatibilidades de los miembros del Gobierno corresponde a:
AEl Parlamento.
BEl Consejo de Ministros.
CLa ley.
DEl Presidente del Gobierno.

Explicacion

El artículo 98.4 establece que la ley regulará el estatuto e incompatibilidades. Las otras opciones atribuyen esta competencia a órganos o instituciones que no tienen esta función según el texto.

Art. 98 de Constitución Española de 1978
4. Los miembros del Gobierno podrán ejercer funciones representativas distintas a las del mandato parlamentario, salvo:
ASolo en casos de delegación expresa del Presidente.
BNunca podrán ejercer otras funciones representativas.
CCuando sean Vicepresidentes del Gobierno.
DCuando la ley lo autorice expresamente.

Explicacion

El art. 98.3 establece que los miembros del Gobierno no podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario, sin excepción. Las opciones a, c y d introducen excepciones no previstas en el texto.

Art. 98 de Constitución Española de 1978

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