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Art. 96 (Constitución Española)

Constitución Española de 1978Alta relevancia en examen3 preguntas

Texto Legal

1. Los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Sus disposiciones sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional. 2. Para la denuncia de los tratados y convenios internacionales se utilizará el mismo procedimiento previsto para su aprobación en el artículo 94.

Preguntas de este articulo

1. Los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte de:
ALa legislación autonómica.
BEl derecho comunitario.
CEl ordenamiento interno.
DEl derecho administrativo.

Explicacion

El artículo 96.1 establece que los tratados válidamente celebrados y publicados forman parte del ordenamiento interno, no de otras categorías jurídicas.

Art. 96 de Constitución Española de 1978
2. No es correcto afirmar que los tratados internacionales válidamente celebrados y publicados en España:
APueden ser modificados unilateralmente por España sin respetar el tratado.
BForman parte del ordenamiento interno.
CSu denuncia sigue el procedimiento del artículo 94.
DSu suspensión debe respetar normas generales del Derecho internacional.

Explicacion

El artículo 96.1 prohíbe la modificación unilateral de los tratados fuera de lo previsto en el propio tratado o en el Derecho internacional. Por ello, la afirmación incorrecta es la opción a; las opciones b, c y d sí se ajustan al texto.

Art. 96 de Constitución Española de 1978
3. Los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno y sus disposiciones sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en:
AResolución del Congreso de los Diputados
BLa forma prevista en leyes orgánicas españolas
CLa forma prevista en los propios tratados o normas generales del Derecho internacional
DDecisión unilateral del Gobierno español

Explicacion

El artículo establece que sólo podrán derogarse, modificarse o suspenderse según lo previsto en los tratados o normas generales del Derecho internacional. Las otras opciones introducen órganos o procedimientos no contemplados en el texto.

Art. 96 de Constitución Española de 1978

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