Art. 77 (Constitución Española)
Constitución Española de 1978Alta relevancia en examen4 preguntas
Texto Legal
1. Las Cámaras pueden recibir peticiones individuales y colectivas, siempre por escrito, quedando prohibida la presentación directa por manifestaciones ciudadanas.
2. Las Cámaras pueden remitir al Gobierno las peticiones que reciban. El Gobierno está obligado a explicarse sobre su contenido, siempre que las Cámaras lo exijan.
Preguntas de este articulo
1. Las peticiones que pueden recibir las Cámaras son:
AIndividuales y colectivas, siempre por escrito.
BIndividuales y colectivas, también por manifestaciones.
CSolo colectivas, por escrito o manifestaciones.
DSolo individuales, siempre por escrito.
Explicacion
El artículo establece que las Cámaras pueden recibir peticiones individuales y colectivas, siempre por escrito, prohibiendo las manifestaciones directas.
2. Las Cámaras pueden remitir al Gobierno las peticiones que reciban y:
AEl Gobierno debe responder solo a peticiones individuales.
BEl Gobierno debe explicarse si las Cámaras lo exigen.
CEl Gobierno debe explicarse siempre que reciba la petición.
DEl Gobierno puede ignorar las peticiones si no son colectivas.
Explicacion
El artículo indica que el Gobierno está obligado a explicarse sobre el contenido solo si las Cámaras lo exigen.
3. El Gobierno está obligado a explicarse sobre las peticiones recibidas cuando:
ALa petición sea individual.
BLas Cámaras lo exijan.
CEl Presidente del Gobierno lo decida.
DLa petición sea colectiva.
Explicacion
El texto establece que la obligación de explicarse del Gobierno depende de la exigencia de las Cámaras, sin distinción de tipo de petición.
4. La presentación directa de peticiones por manifestaciones ciudadanas está:
APermitida siempre que sean colectivas.
BPermitida con autorización previa del Gobierno.
CPermitida solo si son individuales.
DProhibida.
Explicacion
El texto prohíbe expresamente la presentación directa por manifestaciones ciudadanas, sin excepciones.
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