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Art. 18 (Constitución Española)

Constitución Española de 1978Alta relevancia en examen7 preguntas

Texto Legal

1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. 2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito. 3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial. 4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

Preguntas de este articulo

1. Se garantiza el secreto de las comunicaciones, excepto cuando:
AHaya resolución judicial.
BSe detecte delito menor.
CExista consentimiento del remitente.
DSe trate de comunicaciones electrónicas.

Explicacion

El artículo 18.3 garantiza el secreto de las comunicaciones, salvo resolución judicial. La opción a (resolución judicial) es la excepción correcta. Las opciones b, c y d introducen supuestos no contemplados en el texto constitucional.

Art. 18 de Constitución Española de 1978
2. La ley limitará el uso de la informática para:
AGarantizar el honor y la intimidad personal y familiar.
BGarantizar la libertad de expresión y reunión.
CGarantizar el derecho a la información pública.
DGarantizar la seguridad nacional y el orden público.

Explicacion

El art. 18.4 señala que la ley limitará el uso de la informática para garantizar honor e intimidad personal y familiar. La opción a es correcta. Las otras opciones introducen derechos o fines no mencionados en el artículo.

Art. 18 de Constitución Española de 1978
3. El domicilio es inviolable y ninguna entrada podrá hacerse sin:
AConsentimiento del titular o resolución judicial, salvo flagrante delito
BConsentimiento del titular siempre que no haya delito
CResolución judicial o denuncia previa del titular
DConsentimiento del titular o resolución judicial en todo caso

Explicacion

El artículo establece que el domicilio es inviolable y que la entrada solo puede hacerse con consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito. La opción a reproduce fielmente esta excepción. Las otras opciones alteran condiciones o excepciones, como eliminar la excepción del flagrante delito o exigir denuncia previa, que no están en el texto.

Art. 18 de Constitución Española de 1978
4. Se garantiza el secreto de las comunicaciones, salvo:
AAutorización administrativa
BDenuncia del destinatario
CResolución judicial
DConsentimiento del remitente

Explicacion

El artículo 18.3 garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial. La opción c (resolución judicial) es la única excepción contemplada. Las opciones a, b y d introducen supuestos no previstos en el artículo.

Art. 18 de Constitución Española de 1978
5. No podrá realizarse entrada o registro en el domicilio sin consentimiento o resolución judicial, salvo:
ACuando lo ordene el Ministerio Fiscal.
BEn caso de flagrante delito.
CCuando lo solicite la policía local.
DEn caso de sospecha fundada.

Explicacion

El artículo 18.2 establece que la entrada en domicilio requiere consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito. La opción b (en caso de flagrante delito) es la excepción correcta. Las opciones a, c y d introducen supuestos no previstos en el artículo.

Art. 18 de Constitución Española de 1978
6. No podrá realizarse entrada o registro en el domicilio sin consentimiento o resolución judicial, salvo en caso de:
ADelito grave.
BOrden del Ministerio del Interior.
CRequerimiento del Ayuntamiento.
DDelito flagrante.

Explicacion

El artículo 18.2 establece que la inviolabilidad del domicilio solo se excepciona en caso de delito flagrante. Las otras opciones alteran el supuesto legal o atribuyen competencia incorrecta.

Art. 18 de Constitución Española de 1978
7. Se garantiza el secreto de las comunicaciones, salvo en caso de:
AResolución judicial.
BConsentimiento del titular.
COrden del Ministerio de Justicia.
DDenuncia policial previa.

Explicacion

El artículo 18.3 garantiza el secreto salvo resolución judicial. Las otras opciones introducen requisitos o autoridades no previstos en el texto.

Art. 18 de Constitución Española de 1978

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