Art. 59 (Constitución Española)
Texto Legal
Preguntas de este articulo
Explicacion
El artículo 59.4 establece que para ejercer la Regencia es preciso ser español y mayor de edad. Las demás opciones modifican uno o ambos requisitos, por lo que son incorrectas.
Explicacion
El apartado 5 del artículo 59 indica que la Regencia se ejercerá por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey. Las otras opciones cambian el mandato o el sujeto en cuyo nombre se ejerce, siendo incorrectas.
Explicacion
El apartado 1 establece que si el Rey es menor, la Regencia la ejerce el padre o madre y, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo según el orden constitucional. Las otras opciones alteran el orden o atribuyen la designación a órganos no previstos.
Explicacion
El apartado 2 señala que si el Rey se inhabilita y el Príncipe heredero es menor, la Regencia la ejercerá el padre o madre del Rey o el pariente próximo mayor de edad hasta que el Príncipe sea mayor. Las otras opciones alteran el órgano o la forma de nombramiento.
Explicacion
El apartado 3 establece que si no hay persona para la Regencia, las Cortes Generales la nombran. Los otros órganos no tienen esta competencia.
Practica este tema
Practica las 5 preguntas de Constitución Española con nuestro sistema de tests inteligente. Registrate gratis y empieza a preparar tu oposicion.
Registrate gratis