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Art. 51 (Constitución Española)

Constitución Española de 1978Relevancia media3 preguntas

Texto Legal

1. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos. 2. Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquéllos, en los términos que la ley establezca. 3. En el marco de lo dispuesto por los apartados anteriores, la ley regulará el comercio interior y el régimen de autorización de productos comerciales.

Preguntas de este articulo

1. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios mediante:
AMedidas exclusivamente económicas.
BAcciones judiciales inmediatas sin trámite previo.
CProcedimientos administrativos simplificados.
DProcedimientos eficaces que protejan su seguridad y salud.

Explicacion

El artículo 51.1 indica que la defensa de consumidores y usuarios se garantiza mediante procedimientos eficaces que protejan su seguridad, su salud y sus legítimos intereses económicos. Por eso la opción d es correcta.

Art. 51 de Constitución Española de 1978
2. Los poderes públicos promoverán la información y educación de consumidores y usuarios:
AEn los términos que la ley establezca.
BÚnicamente a través de medios públicos.
CDe forma obligatoria y sin excepción.
DSolo cuando existan riesgos para la salud.

Explicacion

El apartado 2 señala que la promoción se hará en los términos que la ley establezca. Las otras opciones añaden condiciones o limitaciones no previstas.

Art. 51 de Constitución Española de 1978
3. No son funciones atribuidas a los poderes públicos:
AGarantizar la defensa de los legítimos intereses económicos.
BRegular el régimen de autorización de productos comerciales.
CPromover la educación de consumidores y usuarios.
DEstablecer precios máximos de productos comerciales.

Explicacion

El artículo no menciona establecer precios máximos. Las otras opciones corresponden a funciones expresas: promoción educativa (2), regulación comercial (3), defensa de intereses (1).

Art. 51 de Constitución Española de 1978

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