Art. 21 (Constitución Española)
Texto Legal
Preguntas de este articulo
Explicacion
El artículo 21.2 establece que la autoridad solo podrá prohibir reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes. La opción d es la única que recoge fielmente este supuesto. Las opciones a, b y c introducen condiciones no contempladas en el texto constitucional.
Explicacion
El artículo 21.1 establece que el derecho de reunión pacífica y sin armas no necesita autorización previa. La opción c recoge fielmente este principio. La opción b confunde comunicación previa (exigida solo para reuniones en vía pública) con el derecho general, y las opciones a y d contradicen el texto constitucional.
Explicacion
El artículo 21.2 indica que la autoridad solo podrá prohibir manifestaciones en lugares de tránsito público cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes. La opción b recoge fielmente este requisito. Las opciones a, c y d introducen condiciones no previstas en el artículo.
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