Art. 121 (Constitución Española)
Texto Legal
Preguntas de este articulo
Explicacion
El art. 121 solo reconoce indemnización por error judicial o por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia. Fuera de esos supuestos no nace ese derecho; por eso la correcta es la opción a).
Explicacion
El texto indica que la indemnización es a cargo del Estado y conforme a la ley, no reglamento, decreto ni ley orgánica específica.
Explicacion
El artículo establece que los daños por error judicial dan derecho a indemnización a cargo del Estado, no de órganos o ministerios específicos.
Explicacion
El artículo solo contempla daños por error judicial y funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, no daños por retrasos en otras áreas administrativas.
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